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Ajustes en el pago del Arriendo: cuánto y cuándo se paga

Ajustes en el pago del Arriendo: cuánto y cuándo se paga

Cada año los ajustes en el pago del arriendo traen las mismas dudas para todos. La primera de ellas, corresponde al monto del aumento. Luego, y quizá la pregunta más frecuente es: desde cuándo comienza a regir.

Quienes buscan el mejor lugar para vivir en Bogotá, Medellín o cualquier otra ciudad colombiana, deben tener en cuenta los detalles del canon de arrendamiento.

Ajustes en el pago del Arriendo: cuánto y cuándo se paga tu alternativa a la gestion

Considerar los ajustes en el pago del arriendo dentro de su presupuesto, es clave para conservar un buen sitio de residencia.

Así, tus planes de quedarte más tiempo en Colombia, no se verán afectados por un aumento que no tenías en cuenta.

¿De cuánto es el aumento del arriendo en 2022?

Afortunadamente, conocer cuánto es el aumento del arriendo no es una tarea complicada. Pues, obedece a una disposición legal y de conocimiento público.

Así, según los datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Para el año 2022 los ajustes en el pago del arriendo solo alcanzarán un máximo de 5,62%.

Teniendo en cuenta, que este porcentaje de ajuste solo está contemplado para los contratos de arriendo con fines residenciales.

¿Qué es el ajuste del monto del arriendo?

Se denomina ajuste del monto del arriendo al máximo porcentaje de aumento que puede aplicarse sobre el canon de arrendamiento.

Aplica únicamente para contratos de inmuebles residenciales urbanos. Por lo cual, el arriendo de locales comerciales no está regulado por este ajuste.

En este sentido, las leyes establecen que los ajustes en el pago de arriendo no deben exceder el IPC del año anterior. Tomando como base, el monto del canon de arrendamiento vigente.

Al mismo tiempo, queda establecido que los ajustes en el pago del arriendo tendrán lugar una única vez en un lapso de un año.

¿Quién lo regula y cómo se calcula?

Los ajustes en el pago de arriendo tienen correspondencia directa con el índice de precios al consumidor (IPC).

Este parámetro se publica de forma mensual y la diferencia porcentual determina el índice de inflación.

Finalmente, se calcula el promedio anual en el país y es publicado y certificado por el DANE para el cierre de cada año.

Además de esta certificación oficial, la Ley 820 de 2003 contempla en su artículo 20 todas las disposiciones que regulan los ajustes en el pago de arriendo.

Principalmente, por la incidencia e impacto social que tiene este aumento en los diferentes sectores de la población colombiana.

¿Cuándo entra en rigor?

Es posible obtener el valor del IPC desde el primero de enero. Sin embargo, los ajustes en el pago del arriendo entran en rigor bajo ciertas condiciones.

La más importante es que no puede aplicarse en cualquier momento. El arrendador debe esperar hasta que el canon en tu contrato de arrendamiento haya alcanzado un año de ejecución.

Así, si tu contrato de arrendamiento comenzó a regirse en septiembre. Incluso con la publicación del IPC en enero, no podrán ejecutarse ajustes del arriendo hasta que se cumplan doce meses con el mismo canon.

¿Se debe notificar del aumento al arrendatario?

Aunque los ajustes en el pago de arriendo son esperados por ambas partes. Es necesario que el arrendatario sea notificado de las condiciones del mismo.

Esto implica una notificación, preferiblemente por escrito y a través del servicio postal. En la cual se indique el porcentaje de incremento, el monto del canon y la fecha de ejecución del aumento.

Sin embargo, si el arrendatario ejecutase algún pago sin notificación, se da automáticamente por enterado del nuevo ajuste. Quedando sin efecto cualquier solicitud de reintegro o reclamo por desconocimiento.

No obstante, como arrendador responsable, lo ideal es cumplir con lo previsto en la ley y hacer la notificación en el lapso establecido.

¿Puede un arrendador aumentar más que lo establecido?

El monto de un canon de arrendamiento está estrictamente regulado por la Ley 820 de 2003. Incluso en el caso de locales comerciales, inmuebles de uso residencial y otros.

Esto incluye los mecanismos para establecer el monto y los ajustes en el pago de arriendo. Que además están directamente relacionados con el IPC del año anterior.

Claramente, un arrendador puede establecer el monto de su canon de arrendamiento. Pero si sobrepasa las normas será considerado ilegal y puede ser objeto de sanciones.

No solamente es ilegal aumentar más que lo establecido, o superar el 100% del IPC. Aún, incluso, si el canon de arrendamiento sobrepasara el 1% del valor comercial del inmueble. El ajuste sería improcedente.

Conclusiones

Encontrar el mejor lugar para vivir es fundamental, pero ajustar el presupuesto a los ajustes en el pago de arriendo lo es mucho más.

Conocer de antemano el porcentaje de aumento permite que te prepares para afrontarlo. Sobre todo, si tu contrato de arrendamiento está en el último semestre del año.

Debes tener esta información en cuenta si pretendes encontrar un nuevo alojamiento para estudiante. O bien, para decidir entre arrendar a largo plazo o no.

Quizá al comparar tu canon de arrendamiento actual, con el próximo valor de tu renta, tendrás un panorama más claro. Tanto para seleccionar otro barrio para vivir o para conservar tu lugar de residencia.

Lo cierto, es que las condiciones legales te protegen de aumentos no autorizados. Pero es necesario que te mantengas alerta sobre cualquier cuota adicional.

Y sobre todo, no dejes nada por sentado y presta atención a las cláusulas del contrato sobre los ajustes en el pago del arriendo.

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